Junio

  • 03-06-19EMCS interno

    Aclaraciones sobre la utilización de la VERSIÓN 2 del EMCS Interno: el 01 de julio de 2019 entra en funcionamiento la VERSIÓN 2 del EMCS INTERNO. Esta versión es de utilización obligatoria para la declaración de documentos de circulación relativos de operaciones de avituallamiento o dragado. Un establecimiento que realice operaciones de avituallamiento o dragado podrá seguir utilizando la VERSIÓN 1 para el resto de sus operaciones. La Agencia Tributaria admitirá para un mismo establecimiento mensajes en VERSIÓN 1 y en VERSIÓN 2, rechazando aquellos mensajes con fecha de expedición posterior al 30 de junio que se refieran a una operación de avituallamiento o dragado. La aceptación o rechazo de cada mensaje por parte de la Agencia Tributaria se realizará en la misma versión del mensaje.  

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