Voy a expedir productos sujetos a impuestos especiales en régimen suspensivo con destino a otro Estado miembro de la Unión Europea y el sistema EMCS no está disponible, ¿qué debo hacer?

La regulación de este supuesto se encuentra recogida en el artículo 30 del RD 1165/1995 (Reglamento de los Impuestos Especiales):

Artículo 30. Procedimiento a seguir al inicio de la circulación al amparo de un documento administrativo electrónico, en caso de indisponibilidad del EMCS.

  1. No obstante lo dispuesto en el artículo 29, el expedidor podrá dar inicio a la circulación de productos sujetos a Impuestos Especiales en caso de indisponibilidad del EMCS a condición de que:
    1. Los productos vayan acompañados de un documento administrativo de emergencia que contenga los mismos datos que el borrador de documento administrativo electrónico previsto en el artículo 29.
    2. Informe a la oficina gestora correspondiente al expedidor, antes del comienzo de la circulación, por cualquier medio que permita tener constancia de que ha recibido la comunicación, de los motivos y de la duración prevista, si se conoce, de la indisponibilidad.
  2. En cuanto el sistema vuelva a estar disponible, y a más tardar al siguiente día hábil tras el restablecimiento de la conexión, el expedidor presentará el borrador de documento administrativo electrónico de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29, con indicación de modo diferido, tal como se establece en el Anexo 2 del Reglamento (CE) n.º 684/2009 y en las disposiciones complementarias y de desarrollo que se establezcan.
  3. El borrador de documento administrativo electrónico deberá contener como número de referencia local el número asignado al documento de acompañamiento de emergencia, de tal forma que la correlación documento en soporte papel-documento administrativo electrónico sea inequívocamente clara.
  4. El expedidor deberá conservar el documento administrativo de emergencia, en papel o en soporte informático, durante cuatro años.
  5. El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas podrá establecer un modelo de documento de acompañamiento de emergencia para los casos de indisponibilidad del EMCS.