¿Cómo obtengo la autorización del centro gestor para expedir productos al ámbito territorial comunitario no interno al amparo de un documento administrativo electrónico, tal como exige la disposición transitoria primera del Real Decreto 191/2010 por el que se modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales?

No es necesario realizar una petición en tal sentido. La autorización del centro gestor, con eficacia desde el 1 de abril de 2010, se ha realizado de forma global, y se ha publicado en esta página web, para todos los operadores inscritos en el censo SEED, es decir para todos aquellos que dispongan de CAE como depositario autorizado/depósito fiscal, fábrica, bodega elaboradora de vino o expedidor registrado.