¿En el ámbito de los Impuestos Especiales de Fabricación, qué normativa regula los avituallamientos de carburantes a embarcaciones?

En el ámbito de los Impuestos Especiales, las especialidades aplicables a los avituallamientos de carburantes a embarcaciones están recogidas en los siguientes preceptos:

- Artículo 51.2.b) de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales

- Artículos 27 y 102 del Reglamento de los Impuestos Especiales

- Orden HAC/1147/2018, de 9 de octubre, por la que se aprueban las normas de desarrollo de lo dispuesto en los artículos 27, 101, 102 y 110 del Reglamento de los Impuestos Especiales.

- Orden HAC/481/2019, de 26 de marzo, por la que se aprueban las normas de cumplimentación del documento administrativo electrónico interno y el modelo 525 “Documento de acompañamiento de emergencia interno”, aplicables en la circulación de productos objeto de los impuestos especiales de fabricación en el ámbito territorial interno.