¿Qué requisitos y formalidades se aplican en el procedimiento de ventas en ruta para avituallamientos a embarcaciones?

La aplicación del procedimiento de ventas en ruta en avituallamientos de carburantes a aeronaves se regirá por lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento de los Impuestos Especiales y la Orden HAC/1147/2018, resultando de aplicación las normas y requisitos formales establecidos para este procedimiento:

  • Con carácter previo a la expedición, el expedidor ha de cumplimentar electrónicamente y enviar a la Agencia Tributaria para su validación, un borrador de albarán de circulación.

  • La Agencia Tributaria, si los datos son válidos, asignará al albarán un código de referencia y lo comunicará al expedidor. La circulación se amparará con un ejemplar del albarán validado por la Administración.

  • En el momento de la entrega de productos a cada destinatario se emitirá una Nota de entrega.

  • Las Notas de entrega se deben ajustar al modelo aprobado por la Ministra de Hacienda en el Anexo III de la Orden HAC/1147/2018.

  • La información contenida en las notas de entrega deberá ser comunicada por el expedidor a la Agencia Tributaria por vía electrónica, mediante los mensajes electrónicos elaborados conforme a las instrucciones recogidas en el Anexo V de la Orden HAC/1147/2018.

    En el portal SIANE se encuentra disponible información sobre este procedimiento, en el apartado de Información y Ayuda- Procedimiento de ventas en ruta.