¿Qué requisitos y formalidades se aplican en el procedimiento de ventas en ruta para avituallamientos a embarcaciones?
La aplicación del procedimiento de ventas en ruta en avituallamientos de carburantes a aeronaves se regirá por lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento de los Impuestos Especiales y la Orden HAC/1147/2018, resultando de aplicación las normas y requisitos formales establecidos para este procedimiento:
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Con carácter previo a la expedición, el expedidor ha de cumplimentar electrónicamente y enviar a la Agencia Tributaria para su validación, un borrador de albarán de circulación.
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La Agencia Tributaria, si los datos son válidos, asignará al albarán un código de referencia y lo comunicará al expedidor. La circulación se amparará con un ejemplar del albarán validado por la Administración.
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En el momento de la entrega de productos a cada destinatario se emitirá una Nota de entrega.
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Las Notas de entrega se deben ajustar al modelo aprobado por la Ministra de Hacienda en el Anexo III de la Orden HAC/1147/2018.
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La información contenida en las notas de entrega deberá ser comunicada por el expedidor a la Agencia Tributaria por vía electrónica, mediante los mensajes electrónicos elaborados conforme a las instrucciones recogidas en el Anexo V de la Orden HAC/1147/2018.
En el portal SIANE se encuentra disponible información sobre este procedimiento, en el apartado de Información y Ayuda- Procedimiento de ventas en ruta.