¿Es posible incluir información comercial o de otro tipo en las notas de entrega?

Se consideran ajustadas al Modelo aprobado en los Anexos II, III y IV de la citada Orden, las notas de entrega expedidas en soporte documental o electrónico que contengan, como mínimo, los mismos datos e información que los recogidos en los Anexos citados.

En consecuencia, si las notas de entrega utilizadas incluyen, además de los datos e información previstos en los Modelos aprobados por la Orden HAC 1147/2018, otra información adicional (como logos o información comercial u otro tipo de datos), se admitirán como válidas.