¿Es posible incluir información comercial o de otro tipo en los recibos de entrega?

Se consideran ajustados al Modelo aprobado en el Anexo VIII de la Orden HAC/1147/2018, los recibos de entrega expedidos en soporte documental o electrónico que contengan, como mínimo, los mismos datos e información que los recogidos en el Anexo citado.

En consecuencia, si los recibos de entrega utilizados incluyen, además de los datos e información previstos en el Modelo aprobado por la Orden HAC 1147/2018, otra información adicional (como logos o información comercial u otro tipo de datos), se admitirán como válidos.