Soy expedidor y he constatado que mi destinatario ha cometido un error en la cumplimentación electrónica de la recepción del e-DA. ¿Cómo puedo corregirlo?

Si el movimiento ha finalizado por haber ya formulado el destinatario el correspondiente mensaje de notificación de recepción, las inexactitudes que se hayan observado deberán ponerse en conocimiento de la oficina gestora correspondiente, por cualquier medio que permita dejar constancia de su remisión (artículo 28 del Reglamento de los Impuestos Especiales).