Reintroducción de productos expedidos por el procedimiento de ventas en ruta
- ¿Cómo se comunica a la Agencia Tributaria la reintroducción en el establecimiento de los productos que hubieran sido expedidos por el procedimiento de ventas en ruta?
- ¿En qué plazo puede realizarse una reintroducción en el establecimiento de los productos que hubieran sido expedidos por el procedimiento de ventas en ruta?
- ¿Cuándo debe presentarse el mensaje electrónico de reintroducción?
- ¿Qué contenido debe tener el mensaje de reintroducción?
- ¿Qué datos de identificación de documento debe incluir el mensaje de reintroducción?
- ¿Qué motivo de reintroducción debe reflejarse en el mensaje electrónico de reintroducción?
- ¿Cómo se cumplimenta el campo correspondiente a la cantidad de producto en el mensaje de reintroducción?
- ¿Es posible comunicar un asiento de reintroducción en el que se recoja una cantidad de productos reintroducidos negativa?
- ¿Qué fecha debe reflejarse en la casilla 2b del mensaje de reintroducción: la fecha en la que se presenta el mensaje de reintroducción o la fecha en que se produzca la reintroducción del producto en el establecimiento?